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El sector ve con satisfacción esta nueva legislación

El Gobierno aprueba un Real Decreto-ley con medidas para impulsar las energías renovables y favorecer la reactivación económica

Redacción Interempresas24/06/2020

El Consejo de Ministros del 23 de junio ha aprobado, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), un Real Decreto-ley con una batería de medidas para impulsar, de forma ordenada y rápida, la transición energética hacia un sistema eléctrico 100% renovable y favorecer la reactivación económica en línea con el Pacto Verde Europeo.

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La norma elimina barreras para el despliegue masivo de fuentes renovables, define nuevos modelos de negocio y fomenta la eficiencia energética, entre otras cuestiones. Con ello, y en el contexto de la recuperación tras el COVID-19, se establece un marco estable que permitirá a España aprovechar su potencial, en términos de generación de empleo y actividad económica, ligado a una transición energética limpia, justa, fiable y económicamente competitiva. Al tiempo, el marco permitirá reducir la factura de la electricidad dado que las renovables son la fuente de generación más barata.

El Real Decreto-ley se divide en cuatro bloques. El primero incluye la regulación de acceso y conexión y regula un nuevo mecanismo de subastas para dotar a las renovables de un marco predecible y estable. El segundo se centra en el impulso de nuevos modelos de negocio que serán claves en los próximos años, como es el caso de la agregación de la demanda, el almacenamiento y la hibridación. En tercer lugar, el Real Decreto-ley aborda el fomento de la eficiencia energética flexibilizando el Fondo Nacional de Eficiencia Energética; y, por último, se establecen una serie de medidas sectoriales para el impulso de la actividad económica y el empleo en respuesta a la crisis del COVID-19.

Garantías para los proyectos renovables firmes

En su artículo 1, el Real Decreto-ley se dedica a la regulación de los permisos de acceso y conexión a la red eléctrica, dos autorizaciones que los promotores necesitan para poner en marcha sus plantas de renovables. El objetivo fundamental es asegurar que estos derechos estén asociados a proyectos reales y firmes, y evitar los movimientos de carácter especulativo que puedan darse ante la insuficiencia de la regulación vigente.

El Real Decreto-ley establece una serie de hitos administrativos sucesivos, con plazos temporales en función del momento en el que fue otorgado. Los titulares deben ir acreditando el cumplimiento de cada uno esos hitos –entre ellos, la obtención de la declaración de impacto ambiental favorable y la autorización administrativa de construcción– en los tiempos fijados. De lo contrario, los permisos caducarán de forma automática y, en su caso, se procederá a ejecutar los avales económicos que se exigen al solicitar la autorización. El último de los plazos concluye a los cinco años de iniciarse el cómputo para el primer hito.

En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la norma, tanto los titulares como los solicitantes de estas autorizaciones podrán renunciar a ellas, procediéndose a la devolución de las garantías. Además, se establece una moratoria de nuevas solicitudes de acceso: no se podrán pedir hasta que se apruebe una nueva regulación sobre estos permisos, que deberá exigir a los solicitantes mayor maduración de los proyectos y estudios previos. De esta manera, se evitan nuevas solicitudes potencialmente especulativas sobre la capacidad que se libere mientras se desarrolla la normativa, que deberán aprobar el Gobierno y la Comisión Nacional de los Mercado y de la Competencia (CNMC), en sus respectivas competencias, en el plazo de tres meses desde la publicación del Real Decreto-ley.

Nuevo sistemas de subastas para la ordenación de renovables

Otra de las cuestiones clave para favorecer la masiva instalación de energías limpias durante la próxima década, activando con ello toda la cadena de valor industrial asociada, es habilitar un nuevo sistema de subastas de renovables que, de un lado, ofrezca previsibilidad y estabilidad de ingresos y financiación a los inversores de las nuevas plantas renovables; y, de otro, traslade a los consumidores de forma directa los ahorros asociados a la incorporación de renovables al sistema eléctrico, dado que se trata de la fuente de generación de energía más barata.

En este nuevo marco, que el Gobierno desarrollará reglamentariamente, la variable sobre la que se pujará será el precio de la energía. Los procedimientos deberán estar orientados a la eficiencia de los costes y podrán distinguir entre distintas tecnologías de generación en función de sus características técnicas, tamaño, niveles de gestionabilidad, criterios de localización y madurez tecnológica, entre otros. También podrán tener en cuenta las particularidades de las comunidades de energías renovables para que éstas puedan competir por el acceso al marco retributivo en nivel de igualdad con otros participantes, todo ello de acuerdo con la normativa comunitaria. Además, para favorecer instalaciones de pequeña magnitud y proyectos piloto innovadores, la norma permite, de acuerdo con la Directiva Europea de Energías Renovables, que se les exima de acudir a la subasta para poder recibir la retribución.

El marco vigente se desarrolló en 2013, un momento en el que el coste de generación de un kilovatio hora renovable era más caro que el precio al que se vendía en el mercado. La situación actual es justamente la contraria y es necesario actualizar el modelo. De hecho, los sistemas de retribución de los países del entorno de España, similares al diseñado en el Real Decreto-ley, reflejan resultados de subastas con precios inferiores a los registrados en el mercado eléctrico, ya que el desarrollo tecnológico de los últimos años ha abaratado significativamente el coste de generar electricidad de origen renovable. La traslación de estos ahorros económicos al consumidor, y en particular a la industria, favorecerá la competitividad de la economía española.

Simplificación y agilización de trámites

El Real Decreto-ley simplifica y agiliza la tramitación de los proyectos renovables y la infraestructura eléctrica asociada, eliminando así barreras para su puesta en marcha. Entre otras cuestiones, se regulan los casos en los que el promotor no necesitará renovar determinadas autorizaciones si modifica el proyecto de forma no sustancial y se simplifica el procedimiento de autorización de las instalaciones móviles que se conectan a la red de transporte y distribución. Este tipo de dispositivos, tales como transformadores o reactancias, van a desempeñar un papel cada vez más relevante para la transición energética, al permitir maximizar las renovables, ya que aportan flexibilidad y agilidad a su operación. También son necesarias ante situaciones de reparación de averías causadas por eventos meteorológicos adversos.

Esta tercera batería de medidas, unida a la ordenación del acceso y conexión y el nuevo marco de subastas, permitirá impulsar la inversión en nuevas instalaciones, generando actividad económica y empleo en la cadena de valor industrial asociada al sector renovable, que en España está consolidada. Según datos del sector, el 90% de los elementos de un aerogenerador se fabrican en España y, en el caso de los paneles solares fotovoltaicos, la industria del país genera componentes –electrónica de potencia, estructuras, seguidores, etc.– que suman más del 65% de lo necesario para construir y operar una instalación solar.

Nuevos modelos de negocio ligados a renovables

El Real Decreto-ley incorpora al ordenamiento jurídico español nuevos modelos de negocio que serán claves en la transición energética y que ofrecen, desde este momento, oportunidades de impulso económico, empleo y mejora de la competitividad. Es el caso de la figura del almacenamiento, que queda regulada mediante esta norma, lo que permitirá gestionar y optimizar la energía generada en las nuevas plantas renovables; y de la hibridación, que posibilita combinar diversas tecnologías –fotovoltaica y eólica, por ejemplo–, en una misma instalación. Con ello, se optimiza la utilización de las redes eléctricas ya existentes y se minimizan los impactos ambientales, al sacarse el máximo partido a las ubicaciones de las plantas.

Adicionalmente, y en cumplimiento de la normativa comunitaria, se incorpora la figura del agregador independiente, que introducirá mayor dinamismo en el mercado eléctrico. Este nuevo modelo de negocio se basa en combinar la demanda de varios consumidores de electricidad o la de varios generadores para su participación en distintos segmentos del mercado.

De igual modo, y para favorecer la participación de la ciudadanía en la transición ecológica, quedan reguladas las comunidades de energía renovables, que permiten de los ciudadanos y las autoridades locales ser socios de proyectos de energías renovables en sus localidades.

Por otro lado, se habilita al Gobierno para que regule un procedimiento especial de autorización de instalaciones cuyo objeto principal sea la I+D+i, que representan una oportunidad tecnológica, energética e industrial en ámbitos como el almacenamiento, las energías marinas o la gestión de las redes, entre otros, que se constituyen en un factor estratégico para el impulso económico, tanto corto como a medio plazo.

Además, será posible establecer bancos de pruebas regulatorios ('sandboxes') para introducir novedades, excepciones o salvaguardias regulatorias que contribuyan a facilitar la investigación e innovación en el ámbito del sector eléctrico. Con ello se favorece un desarrollo más ágil de la regulación del sector energético basado en el testeo previo de normativa sobre nuevas tecnologías o soluciones.

Los puntos de recarga de alta capacidad se consideran de utilidad pública

Con el objeto de facilitar la expansión del vehículo eléctrico, el Real Decreto-ley otorga la declaración de utilidad pública a las infraestructuras eléctricas asociadas a los puntos de recarga de alta capacidad (con potencia superior a 250 kW), fundamentales para permitir que se abran estaciones de recarga ultra-rápida en carreteras, autovías y autopistas, aumentando las posibilidades de la movilidad eléctrica.

Liquidez del sistema

Con el objetivo paliar los efectos de la crisis sanitaria provocada por el coronavirus y asegurar la liquidez del sistema eléctrico en el corto plazo, se habilita el uso del superávit de ingresos para cubrir los eventuales desajustes y desviaciones entre ingresos y costes del sistema de 2019 y 2020. Se concretará mediante orden ministerial.

Esto permite que el conjunto de los “sujetos de liquidación”, esto es, los operadores de las redes de transporte y distribución, incluidas las más de 300 pequeñas distribuidoras que operan en el país, así como las más de 60.000 instalaciones de renovables, cogeneración y residuos, puedan percibir una parte significativa de la retribución correspondiente al ejercicio 2019. Se trata de una medida que facilita liquidez a estos sujetos, permitiendo que mantengan su actividad y facilitando nuevas inversiones en el ámbito industrial, digitalización de redes y en desarrollo de renovables, imprescindibles en este momento de recuperación económica.

Apoyo a la cogeneración, lodos de aceite y biomasa

En el caso de las instalaciones de cogeneración, de tratamiento de purines, tratamiento de lodos de aceite y biomasas, se establece la revisión del valor de la retribución a la operación, que será de aplicación durante el periodo de vigencia del estado de alarma, para reconocer los efectos de unos menores precios de mercado y de CO2, paliando así el impacto que la crisis sanitaria ha tenido sobre sus condiciones de operación. Con ello, se presta apoyo especialmente al sector industrial y agrícola, que emplean este tipo de tecnologías.

En concreto, para el cálculo de la mencionada revisión se consideran los valores del precio del mercado eléctrico y del precio de los derechos de emisión de CO2 durante el estado de alarma. Adicionalmente, se reducen un 50% los valores del número de horas equivalentes de funcionamiento mínimo y del umbral de funcionamiento aplicables al año 2020, respecto de los valores establecidos previamente.

Transición justa

En este Real Decreto-ley se define el objeto del Instituto de Transición Justa: identificar y adoptar medidas que garanticen a trabajadores y territorios afectados por la transición hacia una economía más ecológica, baja en carbono, un tratamiento equitativo y solidario, minimizando los impactos negativos sobre el empleo y la despoblación de estos territorios.

Agilidad y seguridad jurídica de la normativa ambiental

La norma también modifica la Ley de Evaluación Ambiental para dotarla de mayor agilidad y seguridad jurídica, garantizando la protección del medio ambiente, facilitando la tramitación de proyectos que permitan la reactivación de la economía tras la crisis que ha provocado la pandemia de la COVID-19.

En este sentido, se regula la prórroga de vigencia de las declaraciones de impacto, evitando así el vacío jurídico existente, se agiliza el procedimiento para la determinación del alcance del estudio de impacto ambiental y se completan determinados aspectos del procedimiento de evaluación ambiental simplificada.

El sector, satisfecho con la aprobación del RD-ley

Para la Asociación de Empresas de Energías Renovables (Appa), las subastas anunciadas en el Real Decreto-ley son necesarias para no volver a caer en políticas de “arranque y freno” y supone una buena noticia para el sector, a la espera de la normativa que las regule en detalle.

Valoran que este texto reconozca el esfuerzo realizado por las tecnologías renovables en su reducción de costes y se pongan los medios para que, aquellas tecnologías que aún no lo han hecho, recorran su curva de aprendizaje. Desde Appa se espera que las medidas adoptadas para compensar el carácter excepcional en precios de combustibles y CO2 durante el estado de alarma se extiendan al resto de tecnologías renovables y durante todo el año 2020.

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No obstante, el reconocimiento del Gobierno de que las renovables son “la fuente de energía más barata” no debe estar reñido con medidas que den visibilidad al retorno de las inversiones. Asimismo, desde la asociación valoran positivamente la ordenación de los proyectos según su madurez y compromiso de ejecución.

Las subastas específicas y la prioridad de instalaciones innovadoras de pequeña magnitud y “sandboxes” permitirán la reducción de costes de todas las tecnologías y la regulación de nuevos modelos de negocio – almacenamiento, hibridación y agregación – permiten el desarrollo económico en sectores ya activos, comentan en su comunicado de prensa.

También la Unión Española Fotovoltaica (Unef) aplaude la aprobación del RD-ley. “Esta norma da respuesta a unas peticiones que hemos venido haciendo en los últimos años y estamos convencidos de que, bajo este nuevo marco regulatorio, el sector fotovoltaico podrá reactivarse de forma rápida, generando empleo de calidad y fortaleciendo la cadena de valor industrial, elementos fundamentales en la fase post-COVID-19” ha señalado Arancha Martínez, presidenta de Unef.

La asociación considera que la estabilidad y la previsibilidad en la trayectoria de desarrollo de este mercado son indispensables para dar una señal de largo plazo y atraer los más de los 20.000 millones de euros en inversiones con capital privado necesarios para cumplir con los objetivos de nueva capacidad fotovoltaica a instalar definidos por el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) a 2030.
También opinan que el modelo de subasta aprobado, que marca un precio por la energía generada y pay-as-bid, que da claridad a los participantes, evitando sobre retribuciones y ofertas predatorias, permitirá poner en marcha rápidamente el sector fotovoltaico, lo que supondrá fortalecer su contribución a la recuperación de la actividad general del España, a través de la generación de empleo local y cualificado, de riqueza económica y de energía eléctrica barata, lo que representa una ventaja competitiva importante para la industria española.

Además, Unef valora positivamente la reforma propuesta de la regulación de Acceso y Conexión a la red, que permitirá dar prioridad a los proyectos maduros y reales, sin perjudicar a los pequeños desarrolladores, así como las medidas de simplificación de la tramitación de los proyectos fotovoltaicos.

Finalmente esta asociación celebra el impulso que se da a los nuevos modelos de negocio regulando la figura del almacenamiento y de las comunidades energéticas y permitiendo la hibridación de los proyectos. Esta medida permite trasponer parcialmente la Directiva de Energía Renovables, definiendo un nuevo escenario de transformación de la realidad del sistema energético.

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Desde la Asociación Española de Cogeneración (Acogen) reconocen "muy positivas y acertadas" las medidas de acompañamiento incluidas en el RDL 23/2020, que el Gobierno ha promulgado para ajustar la retribución en el periodo de alarma. "Estas medidas suponen un bálsamo para la reactivación de las más de 600 industrias que emplean la cogeneración en España para fabricar el 20% del PIB industrial del país".

Asimismo, valoran la flexibilización de las condiciones de funcionamiento de las instalaciones afectadas durante este año 2020, "que sin duda permitirá a nuestras industrias una mejor adaptación al entorno actual de las necesidades productivas. Las medidas promulgadas hoy, que requerirán próximos desarrollos para su implementación efectiva, son una positiva noticia para las industrias calorintensivas".

Desde Acogen confían en que tras las soluciones que el Gobierno ha tomado para ajustar el complejo periodo de alarma que hemos vivido, también desarrolle de la misma forma con celeridad las órdenes consiguientes para que los cogeneradores tengan la necesaria certidumbre regulatoria para, desde el 1 de julio, seguir impulsando la recuperación de sus actividades productivas y con ellas las exportaciones y el empleo.

Juan Virgilio Márquez, CEO de la Asociación Empresarial Eólica (AEE) opina que este RDL "viene a satisfacer muchas de las peticiones que AEE, en nombre del sector eólico, ha estado solicitando desde hace años para poner en valor el potencial de la energía eólica para la sociedad española, junto con su capacidad industrial y de innovación, referente a nivel mundial. La colaboración y esfuerzo del sector ha tenido resultados positivos y se ha materializado parcialmente con la aprobación del RDL. Si el proyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética establece los objetivos de descarbonización a medio y largo plazo, este RDL permite dar los primeros pasos hacia la materialización de los objetivos”.

Para la industria eólica, este RDL es un hito necesario para activar las oportunidades de reactivación económica que puede suponer para España apostar rápidamente por nuevas instalaciones renovables que, especialmente en el caso de los parques eólicos, tiene un efecto tractor en todo el territorio sobre la cadena de valor industrial que tiene el sector en nuestro país, así como de la industria de materiales y de la construcción que son necesarios para su materialización; y, además, generan nuevos ingresos económicos a nivel local, particularmente en las comarcas de la España vaciada.

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