Tecnología Info Tecnología

La definición de la rentabilidad razonable es imprescindible para estimular las inversiones

Redacción Futurenergy28/11/2019
Imagen

AleaSoft ha analizado el Real Decreto ley aprobado por el Gobierno la semana pasada, donde se define la rentabilidad razonable de las instalaciones de energías renovables, cogeneración y residuos. Esta medida es imprescindible para dar estabilidad al sector, así como para estimular las inversiones que permitan los desarrollos futuros. El Real Decreto‑ley establece en 7,09% el valor de rentabilidad razonable de dichas instalaciones en el período 2020‑2025.

Las instalaciones anteriores al Real Decreto‑ley 9/2013 podrán mantener hasta 2031 un valor de rentabilidad razonable de 7,398%. Esta medida no será aplicable cuando exista el derecho a percibir una indemnización como resultado de una sentencia firme o un laudo arbitral definitivo, o se mantengan abiertos los procesos arbitrales o judiciales en curso, salvo que se acredite renuncia fehaciente a la percepción de dicha compensación, continuación o reinicio de dichos procesos. El objetivo de esta medida es fijar un marco retributivo estable a las instalaciones afectadas por la normativa del 2013 y contribuir a poner fin a los litigios existentes.

Además, el RDL establece que se utilizarán criterios sociales, como el potencial de generación de empleo y criterios ambientales, en la concesión de los puntos de acceso a la red donde se acometen cierres de centrales térmicas. Los mismos criterios se utilizarán para la concesión de uso de aguas asociado a las centrales que cierran, teniendo en cuenta que el uso para el abastecimiento de la población siempre será prioritario.

En la norma también se actualiza la tasa de retribución financiera de la producción de energía eléctrica con atribución adicional en los territorios no peninsulares entre 2020 y 2025, que será del 5,58%, y se establece que el Gobierno aprobará antes del 29 de febrero de 2020 el resto de parámetros retributivos que serán de aplicación entre 2020 y 2025.

Las asociaciones renovables, entre las que se encuentran UNEF, APPA, AEE y ANPIER, con su labor diaria en defensa de los intereses y el desarrollo del sector renovable, han tenido mucho que ver con la aprobación de este Real Decreto‑ley y han mostrado su satisfacción por este RDL.

En AleaSoft también se ha acogido con mucha satisfacción la aprobación de este Real Decreto‑ley que permite eliminar la incertidumbre regulatoria para las plantas renovables. De no haberse aprobado este RDL, el próximo 1 de enero de 2020 se hubiera creado un vacío legal sobre la tasa de retribución, que en caso de continuar con la metodología disponible hasta ahora, podía bajar hasta el 4,5%.

Una consecuencia muy positiva de esta norma, es que al generar seguridad jurídica, sirve como estímulo a las inversiones en el sector en la era de la Revolución Fotovoltaica. Si se quiere cumplir con los objetivos de incremento de la capacidad renovable planteados en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) es imprescindible generar confianza para asegurar las inversiones. Desde la empresa también valora muy positivamente que se utilicen criterios sociales para conceder los puntos de acceso que se liberen por el cierre de las centrales térmicas, pues de esta forma se minimizan los efectos que dicho cierre suponga para las regiones cuya economía está ligada a estas plantas. Para AleaSoft son bienvenidas todas las medidas encaminadas a dar estabilidad y estimular las inversiones en un sector fundamental para lograr el objetivo de eliminar las emisiones de gases de efecto invernadero y mitigar los efectos del cambio climático.

Suscríbase a nuestra Newsletter - Ver ejemplo

Contraseña

Marcar todos

Autorizo el envío de newsletters y avisos informativos personalizados de interempresas.net

Autorizo el envío de comunicaciones de terceros vía interempresas.net

He leído y acepto el Aviso Legal y la Política de Protección de Datos

Responsable: Interempresas Media, S.L.U. Finalidades: Suscripción a nuestra(s) newsletter(s). Gestión de cuenta de usuario. Envío de emails relacionados con la misma o relativos a intereses similares o asociados.Conservación: mientras dure la relación con Ud., o mientras sea necesario para llevar a cabo las finalidades especificadasCesión: Los datos pueden cederse a otras empresas del grupo por motivos de gestión interna.Derechos: Acceso, rectificación, oposición, supresión, portabilidad, limitación del tratatamiento y decisiones automatizadas: contacte con nuestro DPD. Si considera que el tratamiento no se ajusta a la normativa vigente, puede presentar reclamación ante la AEPD. Más información: Política de Protección de Datos

REVISTAS

TOP PRODUCTS

NEWSLETTERS

  • Newsletter Energía

    25/04/2024

  • Newsletter Energía

    18/04/2024

ENLACES DESTACADOS

Lisbon Energy SummitAsociación Ibérica del Gas Natural para la MovilidadSolar Promotion International GmbHLeader AssociatesProfei, S.L.AWA Show2beSalón de gas renovableEnergética XXI - Ecoconstrucción - Industria Cosmética - Omnimedia, S.L.Salvador Escoda, S.A.iClimaSolar Promotion International GmbH

ÚLTIMAS NOTICIAS

EMPRESAS DESTACADAS

OPINIÓN

Entrevista a Raúl García, director de Asealen

"En Asealen llevamos ya tres años trabajando para que el desarrollo de las instalaciones de almacenamiento sea una realidad, para que sean parte propia del proceso de descarbonización del sector energético, no solo del sector eléctrico"

ENTIDADES COLABORADORAS

OTRAS SECCIONES

SERVICIOS